Medidas Cautelares sobre Inmuebles: identificación e implicaciones

Si deseas adquirir o hacer alguna transacción inmobiliaria sobre un inmueble, debes procurar tomar las acciones para detectar si cuenta con medidas cautelares activas e informarse sobre sus implicaciones. Aunque, si el currículo jurídico del bien evidencia que no las posee, enhorabuena, tendrás un camino más despejado en la materialización de tus objetivos inmobiliarios personales o profesionales.

Generalmente, las medidas cautelares suelen estar precedidas por trámites judiciales y administrativos. Los primeros, pueden ser decretados por la Fiscalía General de la Nación, Juzgados o Tribunales. Los administrativos frecuentemente provienen de entidades públicas como la DIAN, Unidad de Restitución de Tierras, Alcaldías Municipales o Secretarías de Tránsito. 

Que un inmueble esté marcado con una medida cautelar vigente suele tener una connotación negativa, problemática y poco atractiva para sus interesados. En analogía con el fútbol, son el equivalente a una tarjeta amarilla donde el árbitro recibe un llamado del VAR para que se cerciore si quizás debería ser roja. De hecho, su característica práctica más reconocida es que saca al inmueble del comercio, bloqueando todo tipo de actuaciones formales, salvo que provengan de la justicia o de la misma entidad que tomó estas medidas.

Por lo expuesto, según la destinación del inmueble de interés, siempre será más conveniente que reduzcas o eludas transacciones sobre predios con medidas cautelares activas, lo que te implicará un ajuste de planes, o de lo contrario, la sujeción a los vaivenes y tiempos extensos de espera que traen consigo la resolución de estos escenarios. 

Hasta ahora hemos expuesto el componente espinoso que un predio con medida cautelar traería para los interesados, sin embargo, no debemos olvidar que este tipo de actos jurídicos existen porque de por medio hay familias o empresas que consideran que tienen un derecho vulnerado que desean resarcir y para ello acuden a la justicia o entidad pública legitimada para canalizar esta exigencia. 

Por lo tanto, también es importante analizar estas medidas desde la perspectiva del propietario del inmueble en cuestión (afectado directo), de quien exige ante una autoridad la reparación del derecho que debe sustentar que ha sido vulnerado (reclamante) y desde el tercero interesado que se encuentra explorando alternativas (inversionista, entidad con proyecto en curso o persona natural). 

Para que asegures tu decisión, lo recomendable es acudir a un especialista en temas jurídicos inmobiliarios o de tierras, quien a cambio de unos honorarios analizará tu caso y te emitirá un concepto. 

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